Circular Nº 11: Sobre Indulgencia del Año Paulino

CIRCULAR Nº 11/2008/

 

“Nunca habrá otro Pablo; pero nada nos impide llegar a ser como Pablo”
(S. Juan Crisóstomo)

A los hermanos presbíteros y a todos los fieles católicos de la Diócesis de Querétaro:Salud, paz y bendición en el Señor Jesucristo.

Para ganar la indulgencia del Año Paulino (29 de Junio de 2008 a 29 de junio de 2009) anunciado por el Santo Padre Benedicto XVI en la Basílica de San Pablo extramuros, en Roma, la Penitenciaría Apostólica, como expresión de universalidad eclesial, concede “a los fieles de las Iglesias locales, una vez cumplidas las condiciones habituales (Confesión sacramental, Comunión eucarística y Oración por las intenciones del Romano pontífice), excluido cualquier apego al pecado, poder lucrar la indulgencia plenaria si participan devotamente en una función sagrada o en un ejercicio piadoso realizados públicamente en honor del Apóstol de los gentiles: los días de la inauguración solemne y de la clausura del Año paulino, en todos los lugares sagrados; en otros días determinados por el Ordinario del lugar, en lugares sagrados dedicados a san Pablo y, para utilidad de los fieles, en otros designados por el mismo Ordinario”. Por tanto, establezco para nuestra Diócesis de Querétaro, como lugares designados para lucrar la indulgencia plenaria:

1° Todos los templos de la Diócesis, sean parroquiales o no, dedicados a San Pedro, a San Pablo o a otro de los Apóstoles. En la catequesis se hará hincapié en la unidad y apostolicidad de la santa Iglesia.

2° Todos los Santuarios Marianos de la Diócesis: La Congregación, Soriano, el Pueblito, Ntra. Sra. De Guadalupe en San Juan del Río, Los Remedios en Guanajuato y Schönstatt; además, el santuario de San Juan Dehedó, en Amealco. En las catequesis se mostrará a la Virgen Santísima como Reina de los Apóstoles y Madre de la Iglesia.

N.B. Téngase en cuenta que el Decreto señala también que “los fieles impedidos por la enfermedad o cualquier otra causa legítima y relevante, podrán lucrar también laindulgencia plenaria, con tal que se unan espiritualmente a una celebración jubilar en honor de san Pablo, ofreciendo a Dios sus oraciones y sus sufrimientos por la unidad de los cristianos”.

3° Para facilitar a los señores Párrocos y Rectores de templos la organización de las celebraciones y el catequizar a los fieles encomendados a su tarea pastoral, el semanario “El Observador” en su inserto “Comunión”, publicará cada semana una “página paulina”, con reflexiones, lectio divina y material catequístico  para  los grupos o escuelas bíblicas parroquiales y para los movimientos apostólicos, de modo que toda la parroquia se impregne del espíritu paulino y se cumpla el deseo del Santo Padre: que la persona, el mensaje y el testimonio del gran Apóstol San Pablo sea conocido y nos ayude a ser, como Él, verdaderos discípulos y misioneros de Jesucristo.

N.B. La Congregación para el Culto Divino concedió que “el próximo 25 de enero de 2009, que coincide con el III Domingo ordinario, se pueda celebrar en cada iglesia una misa según el formulario Conversión de San Pablo apóstol, como se encuentra en el misal romano”.

“La acción de la Iglesia sólo es creíble y eficaz en la medida en que quienes forman parte de ella estén dispuestos a pagar personalmente su fidelidad a Cristo, en cualquier circunstancia. Donde falta esta disponibilidad, falta el argumento decisivo de la verdad, del que la Iglesia misma depende”, nos decía el santo Padre Benedicto XVI en su homilía, 28 de junio de 2007.

Con estos deseos los invito a acercar a sus fieles esta inmensa gracia de sabiduría divina que nos ofrece San Pablo y los tesoros infinitos de la misericordia y del perdón de Dios que la Iglesia pone a nuestra disposición mediante la Indulgencia.

Santiago de Querétaro, Qro. Junio 21 de 2008.

 † Mario de Gasperín Gasperín
Obispo de Querétaro
 
Hna. Lic. Ana Isabel Romero Ugalde, mjh
Secretaria Canciller